¿Cuándo se admite el reenvío?

Lo que dice el Reglamento

La admisión del reenvío exige ciertas condiciones

Las normas de conflictos de la ley de un Estado designada por el presente Reglamento deben prever un reenvío a:

  • la ley de un Estado miembro.

  • la ley de otro tercer Estado que aplicaría su propia ley.

Reenvío a la ley de un Estado miembro

El primer supuesto no debe reducirse a un caso de reenvío de primer grado.

La ley así designada puede ser la del Estado del fuero o la de otro Estado miembro.

Que se admita aquí el reenvío debería facilitar el trabajo de las autoridades. En un caso se trata de aplicar su propia ley y en el otro aplicar la de un Estado miembro en el que se espera contar fácilmente con la cooperación en materia de información.

Ejemplo

Un alemán reside en Japón fallece y deja bienes inmuebles en Francia. Se acude a los tribunales franceses en virtud delartículo 10 del Reglamento.

En virtud del artículo 21, la ley japonesa se aplica a la regulación de la herencia.

Pero esta reenvía a la ley de la nacionalidad del difunto. Los tribunales franceses deben admitir el reenvío a la ley de un Estado miembro

Reenvío a la ley de un tercer Estado que aplicaría su propia ley.

El segundo supuesto es el del reenvío a la ley de un tercer Estado que aplicaría su propia ley.

Se trata aquí de un reenvío de segundo grado.

Sin embargo, si la ley del tercer Estado no admite ser aplicada, el reenvío no debe llevarse a cabo.

Ejemplo

Un causante japonés fallece en Marruecos y deja bienes inmuebles en Bélgica. Los tribunales belgas son competentes en virtud delartículo 10.

El artículo 21del Reglamento establece que hay que aplicar la ley de Marruecos, última residencia del difunto. La regla de conflicto de leyes marroquí establece el reenvío a la ley japonesa, nacionalidad del causante.

La regla de conflicto de leyes japonesa también otorga la competencia a la ley de la nacionalidad del causante. Los jueces franceses aplicarán la ley japonesa.

Lo que no dice el Reglamento

El Reglamento no se pronuncia sobre un supuesto determinado, el supuesto en el que la regla de conflicto de leyes establezca una designación de ley diferenciada para los bienes muebles y los bienes inmuebles.

Según el patrimonio del difunto, puede darse una situación en que la regla de conflicto del tercer Estado lleve a cabo un reenvío parcial.

Admitir tal reenvió nos lleva a aplicar dos leyes al patrimonio del difunto y por tanto a renunciar al principio de unidad, que es una de las bases del Reglamento.

Ejemplo

Un austriaco fallece en Reino Unido, donde tenía su domicilio y deja bienes inmuebles en Austria. El artículo 21del Reglamento establece que hay que aplicar la ley inglesa. El derecho internacional privado ingles para las sucesiones distingue según se trate de muebles o inmuebles.

Los bienes muebles se rigen por la ley del último domicilio del causante. Los bienes inmuebles se rigen por la ley del lugar donde estén situados. Por tanto, la ley inglesa se aplicaría a los bienes muebles pero respecto a los bienes inmuebles sería la ley austriaca ya que los bienes están en Austria.

Ni la literalidad del artículo 34 ni los términos del preámbulo permiten descartar este caso de reenvío. La mayoría de la doctrina considera que hay que admitirlo.