Las medidas provisionales, artículo 19
Esta parte se refiereal artículo 19[1]
Puede ocurrir que una sucesión «mortis causa» requiera la aplicación rápida de medidas provisionales. En este caso podrán solicitarse a los tribunales de un Estado miembro medidas provisionales, incluso si no se trata del tribunal que después resolverá el litigio hereditario.
Exemple :
Marcello, de nacionalidad italiana, vive en Milán. Es propietario de un pequeño inmueble en los Alpes franceses, donde alquila pisos a turistas.
Marcello falllece el 17 de septiembre de 2015, dejando como herederos a su esposa, Simona, y a su hijo, Luigi, que vive en Francia.
Simona y Luigi discrepan sobre el inmueble en los Alpes franceses: Simona quiere venderlo y Luigi quiere seguir con los alquileres turísticos, incluso si hace falta hacer obras de renovación en los apartamentos.
Luigi acude a un tribunal francés para que se designe un administrador provisional que se encargue de continuar los alquileres, cobrar los pagos y pagar las obras de renovación.
El tribunal francés podrá adoptar tal medida, incluso si no es competente para resolver la herencia de Marcello, que es competencia de un tribunal italiano ya que la residencia habitual del difunto está en Italia.