La suspensión de los efectos del certificado
Esta parte se refiereal artículo 73[1]
Los efectos del certificado podrán ser suspendidos por:
La autoridad emisora a instancia de cualquier persona que demuestre tener un interés legítimo, en tanto se procede a modificar o anular el certificado en virtud delartículo 71[2].
El órgano judicial, a instancia de cualquier persona que tenga derecho a recurrir la decisión adoptada por la autoridad emisora.
Efectos de la suspensión
La autoridad emisora o judicial comunicará sin demora a todas las personas a las que se entregaron copias auténticas del certificado
No podrá expedirse ninguna copia auténtica del certificado durante el periodo de suspensión.