La anticipación de la determinación de la ley sucesoria 

Anticipar la determinación es establecer que el testamento se regirá por a la ley que habría sido aplicable a la sucesión del causante si este hubiese fallecido en la fecha de la disposición. Se trata por lo tanto de aplicar los criterios de los artículos21[1] y 22[2] no en el momento del fallecimiento sino en la fecha del testamento.

Hay que proceder entonces en tres tiempos.

Primero 

En principio la ley que hay que aplicar es la de la residencia habitual del causante en la fecha de la disposición.

Exemple

Un francés residente en Alemania establece un testamento mancomunado con su cónyuge. Fallece años más tarde cuando residía en Francia. Si para la sucesión hay que aplicar la ley francesa (artículo 21[1]), para la validez del testamento hay que aplicar la alemana (artículo 24[3]).

Segundo 

Excepcionalmente, en virtud delartículo 21[1], la ley de la residencia habitual el día del pacto no se aplica cuando se establezca que en esa fecha el causante tenía vínculos manifiestamente más estrechos en un Estado diferente al de su residencia habitual.

Conseil

La cláusula de excepción es un mecanismo que debe aplicarse muy excepcionalmente ya que es fuente de imprevisibilidad y puede ir contra los objetivos del Reglamento (y del disponente). Hay que ser muy prudente a la hora de aplicarlo, máxime cuando la falta de suficientes vínculos debe determinarse cuando se llevó a cabo la disposición y no cuando se produzca el fallecimiento. No debe sobre todo servir como medio fraudulento para servirse de la ley aplicable a la sucesión (residencia en la fecha del fallecimiento).

Attention

Si se procede a una elección de la ley aplicable, el reglamento puede llevar al jurista a que aplique dos leyes a la sucesión, una para el testamento, otra para la sucesión, cada vez que el difunto haya cambiado de residencia entre la fecha en que estableció el testamento y la fecha del fallecimiento. Este desdoblamiento de leyes tendrá como consecuencia:

  • Incrementar las veces en las que el jurista tendrá que aplicar leyes extranjeras, al menos en los Estados que hasta entonces regulaban la cuestión de la validez de los testamentos por la ley sucesoria.

  • Obligar al jurista a efectuar una comprobación retrospectiva de la residencia habitual del causante.

  • Obligar al jurista a delimitar con cuidado qué cuestiones forman parte del ámbito de aplicación de la ley aplicable al testamento y cuáles a la ley sucesoria

  • Provocar problemas de adaptación cada vez que las dos leyes estén basadas en lógicas diferentes.

Tercero

Por último, ya que la anticipación establecida en elartículo 24[3] es absoluta, hay que prever el caso en que a la fecha del testamento el causante ya haya optado por la aplicación de su ley nacional para su sucesión. En este caso la ley nacional se aplicará tanto para la sucesión como para el testamento. Hay que señalar que de esta forma se asegura la aplicación de una única y misma ley para la sucesión y el testamento.

Attention

Para determinar correctamente el alcance de estas reglas, hay que distinguir tres situaciones:

  • El disponente en su testamento procede a una elección de ley para su sucesión de conformidad con elartículo 22[2]. La elección de la ley también valdrá para determinar la validez del testamento en virtud delartículo 24[3].

  • Un primer testamento se otorgó con una cláusula de elección de ley en materia de sucesión. Después se otorgaría un segundo sin contradecir el primero. La validez del segundo testamento se determina aplicando la ley nacional por la cual el disponente había optado en el primer testamento.

  • Un primer testamento se otorgó sin cláusula de elección de ley en materia de sucesión. Un segundo testamento se otorgó con una cláusula de elección de ley en materia de sucesión. La ley nacional así elegida no se aplicará a la validez del primer testamento. La normativa no permite una aplicación retroactiva de la elección de la ley.

Complément

Si se revocase un primer testamento con una cláusula de elección de ley por un segundo testamento, ¿la revocación afecta a la cláusula de elección de ley?

El Reglamento no da ninguna respuesta a esta cuestión. Es una cuestión de interpretación. Y por lo tanto hay que ver la ley aplicable a la revocación del primer testamento para determinar el alcance de la revocación.

Si la cláusula de elección de ley está en un testamento y la cláusula queda revocada después, la revocación afecta a la sucesión y al testamento o solo al sucesión futura?

El Reglamento no da ninguna respuesta a esta cuestión.