Las medidas provisionales y cautelares, artículo 54

Esta parte se refiereal artículo 54[1]

La parte que pretende solicitar el reconocimiento y la ejecución de una resolución de un un tribunal de otro Estado puede, antes de obtener esta resolución en el Estado de ejecución, instar medidas provisionales o cautelares en el Estado de ejecución, de conformidad con la legislación del Estado miembro de ejecución.

Exemple

Marcello, de nacionalidad italiana, vive en Milán. Es propietario de varios inmuebles, entre ellos un gran chalet en los Alpes franceses, donde alquila apartamentos a turistas.

Marcello falllece el 17 de septiembre de 2015, dejando como herederos a su esposa, Simona, y a su hijo, Luigi, que vive en Francia.

Simona y Luigi discrepan sobre la partición de la herencia.

Un tribunal italiano debe pronunciarse y atribuye el inmueble situado en Francia a Luigi. No obstante, desde el fallecimiento de Marcello, Simona es la única que cobra los alquileres por este inmueble.

Luigi acude a la justicia francesa para que se reconozca y ejecute la resolución italiana en Francia, y que se reconozca sobre todo que el chalet le pertenece.

A la espera de la resolución, Luigi solicita al juez de ejecución francés la incautación cautelar de los pagos de alquiler de los turistas del chalet.