6. Datos del causante

De 6.1 a 6.5.6

Sin dificultades particulares.

6.6. Nacionalidad

La cuestión de la nacionalidad del causante sólo se plantea en caso de elección de ley: la elección de ley solo es válida cuando la ley aplicable elegida es la ley nacional del causante, que posea en el momento de la elección o en el momento del fallecimiento, tal y como se indica en el artículo 22 del Reglamento[2]).

Fundamental

Si el causante tuviera más de una nacionalidad, todas ellas deben en principio considerarse en términos de igualdad, es decir, que no hay que hacer prevaler ninguna de ellas, en concreto, la nacionalidad del foro.

De 6.7 a 6.9.1

Sin dificultades particulares.