¿Cuándo se admite el reenvío?
El Reglamento excluye expresamente el reenvío en 4 casos
El reenvío no tiene lugar cuando la ley designada para resolver la sucesión lo sea por aplicación de la cláusula de excepción delartículo 21.2[1].
Exemple :
Imaginemos una persona mayor de nacionalidad americana instalada en Bélgica en una residencia de ancianos. Supongamos que la mayor parte de su familia y patrimonio está en EE.UU., el juez podría querer aplicar la ley americana en lugar de la belga.
Poco importa que la ley americana en tal caso establezca que la ley aplicable será la ley de la residencia del difunto.
La negativa se explica de la manera siguiente: la cláusula de excepción traduce unas exigencias de proximidad que la aplicación del reenvío podría reducir a la nada.