Causa incoada de oficio y elección de la ley: artículo 8

Esta parte se refiereal artículo 8[1]

Cuando la ley del Estado de la última residencia habitual del difunto prevea la incoación de oficio de un tribunal, éste sobreseerá la causa si las partes acuerdan resolver la sucesión extrajudicialmente en el Estado miembro cuya ley fue elegida por el causante.

Exemple

Antoine, de nacionalidad francesa, reside en Cracovia (Polonia) Trabaja allí desde hace 20 años; se casó con una polaca, Mirella, con la que tuvo dos hijos.

Antoine redactó un testamento en el que eligió la ley francesa para resolver su sucesión, y nombró a Mirella como legataria universal de sus bienes.

Fallece brutalmente el 15 de septiembre de 2015 en accidente de tráfico.

El tribunal regional de Cracovia inicia un procedimiento de sucesión «mortis causa». No obstante, Mirella y sus hijos, en presencia de un notario francés, acuerdan resolver la sucesión extrajudicialmente y firman el acta de distribución. Mirrela puede pedir al tribunal de Cracovia que cierre de oficio del procedimiento indicando que Antoine había elegido la ley francesa para resolver su sucesión y que los herederos han distribuido extrajudicialmente los bienes.