4.1 Competencia de la autoridad expedidora

Los criterios de competencia se ajustan a las reglas de competencia jurisdiccional recogidas en los artículos 4, 7, 10 y 11 del reglamento.

Consejo

Ante una solicitud de expedición de CSE, la autoridad emisora debe, de oficio, comprobar su competencia para expedir dicho documento.

En caso de considerarse competente, se le recomienda aportar en el expediente de sucesión, o en el punto 4.2. del formulario, los elementos objetivos en los que ha basado su decisión.

Cabe recordar que la autoridad emisora no está sujeta a las pretensiones de los solicitantes si considera que existen criterios que contradicen las mismas.

Fundamental

La autoridad emisora está situada en el Estado miembro cuyos tribunales sean competentes para sustanciar la sucesión en virtud de los artículos 4, 7, 10 y 11 del reglamento.